Prohibición de patinetes y bicicletas por la acera en Málaga.
¿Debo tener contratado mi Seguro moto?
¿Cubre mi seguro los daños provocados por fenómenos atmosféricos?
Este año 2021 no ha dejado de sorprendernos desde que empezó. El temporal Filomena y los terremotos han causado daños y mucho miedo en estas últimas semanas
La tormenta Filomena dejó una huella inigualable en el centro de la península y las zonas severamente inundadas del sur. Además, los árboles caídos no solo provocaron graves daños al mobiliario urbano, sino que también provocaron muchos daños a los coches aparcados en la calle.
Los terremotos provocados en la provincia de Granada han provocado miedo el miedo a la población e innumerables edificios rotos. Según los expertos en sísmica, puede resultar más grave de lo que parece.
¿Qué debemos saber sobre los fenómenos atmosféricos en cuanto a nuestra póliza de seguros?
Desde Correduría Te Aseguro te recomendamos que te pongas en contacto con tu compañía de seguros ya que tal vez pueda asumir algunas pérdidas debido a los efectos climáticos adversos. Pero para ello es conveniente consultar la cobertura. Porque de esta forma, determinarás las condiciones y/o restricciones que surgirán en el contrato.
Si tiene un seguro multiriesgo, debe saber que la póliza contendrá términos específicos. Estará cubierto en este tipo de coberturas por fenómenos atmosféricos.
Como asegurado, su negocio puede cubrir proyectos importantes. Como la pérdida de muebles e incluso las pérdidas durante los días en que el negocio estuvo cerrado al público.
Y si mi seguro no lo cubre ¿Puedo reclamar al Consorcio de Compensación de Seguros?
Cuando pagamos un seguro de coche o de moto una parte de la prima se destinará a una entidad estatal llamada Consorcio de Compensación de seguros. La primera definición de esta institución pública es que es un fondo de previsión que puede atender reclamos que las compañías de seguros tradicionales no interfieren debido a diferentes circunstancias.
El CCS se creó para dar respuesta a dos necesidades básicas:
1. La propia actividad aseguradora, es decir, asegurar los riesgos o accidentes de carácter extraordinario.
2. La actividad de “fondo de garantía”.
¿Qué cobertura asume el CCS?
- Fenómenos naturales: inundaciones anormales, terremotos, tsunamis, erupciones volcánicas, ciclones y tormentas atípicas (tornados y vientos anormales, caracterizados por rachas superiores a 120 km / h), y caída de objetos estelares y aerosoles.
- Las violentas consecuencias del terrorismo, terrorismo, rebelión, sedición, motín y malestar popular.
- Eventos o acciones de fuerzas armadas o fuerzas y agencias de seguridad en tiempo de paz.
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